La Secretaría de Gobierno Municipal le recuerda a los comerciantes y empresarios culturales, artísticos y deportivos de Popayán, que sigue vigente el Decreto 34815 de 2016, que establece los requisitos para llevar a cabo todo tipo de espectáculo público que implique aglomeración en espacios abiertos y cerrados, tanto en el sector urbano como rural.
Es importante tener en cuenta que para toda realización de eventos públicos de cualquier orden, así sean de carácter comercial o no comercial, deben allegar solicitud escrita radicada en la ventanilla única de registro y recepción de peticiones de la Alcaldía Municipal o en el aplicativo dispuesto para tal fin, anexando los documentos respectivos que contiene el mismo decreto.
De esta forma, los escenarios habilitado para la realización de espectáculos deben contar con un Plan de Contingencia actualizado, tener el concepto de las condiciones sanitarias por parte de la Secretaría de Salud, contar con la licencia urbanística de construcción, el concepto de la autoridad ambiental y el respectivo certificado de Bomberos Voluntarios, entre otros consagrados en el Decreto. Para el caso de los escenarios no habilitados se tendrá el mismo tratamiento.
Por cada evento público que implique aglomeración se activa un Puesto de Mando Unificado -PMU- que está bajo la dirección y coordinación de la Secretaría de Gobierno Municipal y en este PMU se establecerá un Plan de Emergencia y Contingencia que será aprobado por la Oficina Asesora de Gestión del Riesgo. Una vez allegada la solicitud de la realización del evento y verificada la documentación requerida, se emitirá concepto favorable o desfavorable según sea el caso. Para la realización del evento público siempre se contará con el acompañamiento respectivo de la Policía Nacional para el respectivo control del espectáculo.
Descargue el decreto 34815